Formulario I-9: qué es, documentos y plazos (2026)

El Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo (Employment Eligibility Verification), es el formulario de USCIS con el que toda persona contratada en Estados Unidos y su empleador dejan constancia de dos cosas: que eres quien dices ser y que tienes permiso para trabajar. Tú, como empleado, completas la Sección 1 a más tardar tu primer día de trabajo; tu empleador completa la Sección 2 dentro de los 3 días hábiles siguientes, después de revisar tus documentos. No se envía a ninguna agencia: lo guarda el empleador en sus archivos.

Esta página es la guía general del I-9, con datos verificados en las páginas oficiales de USCIS y del Departamento de Justicia (fecha de consulta al final). Aquí explicamos qué es, quién debe llenarlo, las secciones, los plazos, qué documentos sirven (Listas A, B y C), qué NO puede exigirte el empleador, en qué se diferencia de E-Verify y algunos matices honestos para inmigrantes. Si lo que buscas es el detalle campo por campo, tenemos aparte una guía sobre cómo llenar el I-9 paso a paso.

Aviso: esta información es general y no sustituye la asesoría de un abogado. La edición vigente del formulario y las reglas cambian; confirma siempre la versión actual en uscis.gov/i-9 antes de firmar.

Qué es el Formulario I-9 y para qué sirve

El I-9 es un formulario del gobierno federal que sirve para una sola función: verificar la identidad y la autorización de empleo de cada persona contratada en Estados Unidos. Existe desde la reforma migratoria de 1986 (IRCA), que obligó a los empleadores a comprobar que quienes contratan pueden trabajar legalmente.

Tres ideas que conviene tener claras desde el principio:

  • No cuesta nada. El formulario y sus instrucciones se descargan gratis en la página oficial de USCIS.
  • No se manda a USCIS. A diferencia de otros formularios de inmigración, el I-9 completado no se envía a ninguna agencia. El empleador lo conserva y solo lo muestra si una autoridad lo solicita en una inspección.
  • Lo llenan todos. Aplica a ciudadanos, residentes permanentes y extranjeros con autorización de empleo por igual. No es un trámite «solo para inmigrantes».

Quién debe llenar el Formulario I-9

El I-9 lo completan dos partes, cada una con su responsabilidad:

  • El empleado (tú): rellenas y firmas la Sección 1.
  • El empleador o su representante autorizado: rellena y firma la Sección 2 tras examinar tus documentos.

La regla general es que todo empleado nuevo en nómina en EE. UU. necesita un I-9, sin importar su nacionalidad ni su estatus. Según USCIS, no se requiere para:

  • Voluntarios sin remuneración.
  • Verdaderos contratistas independientes (trabajadores por cuenta propia que prestan un servicio sin ser empleados de la empresa).
  • Personas contratadas antes del 7 de noviembre de 1986 que sigan en el mismo empleo.

Si todavía estás en la etapa de buscar empleo, te servirán nuestras guías para preparar tu currículum o resumen de trabajo y tu carta de presentación. Y si aún no tienes autorización para trabajar, empieza por tramitar tu permiso de trabajo (EAD), porque el I-9 la exige.

Las secciones del Formulario I-9

El I-9 se organiza en dos secciones y dos suplementos. Aquí va el panorama general; el detalle campo por campo está en la guía de cómo llenar el I-9 paso a paso.

  • Sección 1 — Información y Declaración del Empleado. La completas tú: nombre legal, dirección, fecha de nacimiento, y marcas una sola categoría de estatus (ciudadano, nacional no ciudadano, residente permanente o extranjero autorizado a trabajar). Firmas bajo pena de perjurio. El número de Seguro Social es opcional aquí, salvo que el empleador use E-Verify.
  • Sección 2 — Revisión y Verificación del Empleador. El empleador examina los documentos originales que tú elijas presentar, anota sus datos y firma.
  • Suplemento A — Preparadores y/o Traductores. Lo firma quien te haya ayudado a llenar o traducir la Sección 1 (un familiar, un amigo, un traductor). Si te ayudaron, esa persona firma; no lo firmes tú por ella.
  • Suplemento B — Reverificación y Recontratación (antes «Sección 3»). Lo usa el empleador cuando vence un documento temporal y hay que reverificar tu autorización, o cuando te recontrata.

Plazos del Formulario I-9

Los plazos son estrictos y conviene conocerlos:

  • Sección 1 (empleado): debes completarla y firmarla a más tardar tu primer día de empleo remunerado. Puedes hacerlo una vez que aceptaste la oferta de trabajo, pero nunca después de terminar ese primer día.
  • Sección 2 (empleador): debe completarse dentro de los 3 días hábiles posteriores a tu fecha de contratación (el primer día de trabajo pagado). Por ejemplo, si empezaste a trabajar un lunes, el empleador tiene hasta el jueves de esa semana. Si el trabajo dura menos de 3 días, la Sección 2 debe estar lista el primer día.

Qué edición del Formulario I-9 usar en 2026

Es importante usar la edición vigente, porque USCIS retira las versiones antiguas. Según USCIS, la versión actual del formulario tiene fecha de edición (edition date) 01/20/25 y fecha de expiración 05/31/2027.

Durante un tiempo se aceptaron también ediciones anteriores 08/01/23 (una válida hasta 05/31/2027 y otra hasta 07/31/2026). Pero USCIS ha indicado que, a partir del 1 de agosto de 2026, los empleadores deben usar únicamente la versión del Formulario I-9 con fecha de expiración 05/31/2027 (la edición 01/20/25). Si vas a firmar en 2026, esa es la versión segura.

Cómo confirmarlo: la fecha de expiración aparece arriba en el formulario y en las instrucciones; la fecha de edición está impresa en la esquina inferior izquierda del formulario. Descárgalo siempre desde uscis.gov/i-9 y verifica que ambas coincidan con la versión vigente el día en que lo vas a usar.

Qué documentos sirven para el I-9 (Listas A, B y C)

La regla de oro es sencilla:

Presentas UN documento de la Lista A, O BIEN un documento de la Lista B más uno de la Lista C.

  • Lista A: prueba identidad y autorización de empleo a la vez (un solo documento basta).
  • Lista B: prueba solo tu identidad.
  • Lista C: prueba solo tu autorización de empleo.

La siguiente tabla resume ejemplos reales de cada lista, tal como los publica USCIS. Todos los documentos deben estar vigentes (sin vencer), salvo excepciones puntuales que indica USCIS.

Lista A (identidad + empleo) Lista B (solo identidad) Lista C (solo autorización de empleo)
Pasaporte de EE. UU. o tarjeta de pasaporte de EE. UU. Licencia de conducir o tarjeta de identificación estatal con foto (o con datos: nombre, fecha de nacimiento, sexo, estatura, color de ojos, dirección) Tarjeta de Seguro Social sin restricciones (sin la leyenda «not valid for employment»)
Tarjeta de Residente Permanente / Green Card (Formulario I-551) Tarjeta de identificación de una agencia federal, estatal o local con foto o datos Acta o certificado de nacimiento original o copia certificada emitido en EE. UU. con sello oficial
Documento de Autorización de Empleo con foto (EAD, Formulario I-766) Tarjeta de identificación escolar con foto Certificación de nacimiento del Departamento de Estado (Formularios FS-545, DS-1350, FS-240)
Pasaporte extranjero con sello o anotación temporal I-551 (ADIT) en una visa de inmigrante legible por máquina Tarjeta de registro de votante Tarjeta de Identificación de Ciudadano de EE. UU. (Formulario I-197)
Pasaporte extranjero con Formulario I-94/I-94A y endoso para trabajar Tarjeta militar de EE. UU. o documento de reclutamiento; tarjeta de dependiente militar Documento de autorización de empleo emitido por el DHS (por ejemplo, ciertos I-94, I-571, I-327, N-550/N-560)

Esta tabla es un resumen; la lista oficial completa, con ejemplos e imágenes de cada documento, está en la página de Documentos Aceptables de USCIS (enlace en las fuentes). Para menores de 18 años sin identificación de Lista B, USCIS admite alternativas como un registro escolar o médico.

Un punto clave sobre tus derechos: tú eliges qué documento o combinación presentar de entre los aceptables. Ni el empleador ni nadie puede obligarte a mostrar uno en particular. Lo desarrollamos en la siguiente sección.

Qué NO puede exigirte el empleador (antidiscriminación)

Aquí es donde muchos trabajadores, sobre todo inmigrantes, sufren abusos por desconocimiento. La ley de inmigración (INA) prohíbe las prácticas documentales injustas, y quien las hace vigilar es la Immigrant and Employee Rights Section (IER) de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia (DOJ).

Sobre la base de tu ciudadanía, estatus migratorio u origen nacional, tu empleador NO puede:

  • Exigirte un documento específico (por ejemplo, «solo acepto Green Card» o «tráeme el EAD»). Tú decides qué presentar de las listas.
  • Pedirte más documentos de los necesarios, o pedir que muestres un documento adicional «por si acaso».
  • Rechazar documentos que parezcan razonablemente auténticos y que pertenezcan a la persona que los presenta.
  • Volver a verificarte sin motivo o pedirte documentos nuevos antes de que venza el que ya presentaste.

Si crees que un empleador te discriminó durante el proceso del I-9 (al contratarte, al pedirte documentos o al despedirte por tu origen o estatus), puedes contactar la línea para trabajadores de IER: 1-800-255-7688 (TTY 1-800-237-2515). También puedes conocer mejor tus derechos generales en el empleo en nuestra guía sobre trabajar sin papeles, aunque recuerda que el I-9 siempre exige autorización de empleo.

Formulario I-9 vs. E-Verify: no son lo mismo

Es una confusión muy común, y son cosas distintas:

  • El I-9 es obligatorio para todos los empleadores del país y consiste en revisar documentos en papel o de forma electrónica.
  • E-Verify es un sistema electrónico que compara la información del I-9 con los registros de la Administración del Seguro Social y del DHS. Es voluntario para la mayoría de empleadores (obligatorio solo en ciertos estados, sectores o contratos federales).

Tres diferencias prácticas:

  • E-Verify no reemplaza al I-9. Aunque tu empleador use E-Verify, igual debe completar y conservar tu Formulario I-9.
  • E-Verify requiere tu número de Seguro Social; el I-9 por sí solo no (el SSN es opcional en la Sección 1, salvo si usan E-Verify).
  • Primero el I-9, luego E-Verify. El sistema parte de los datos que ya completaste en el formulario.

Matices honestos para inmigrantes

  • El I-9 exige autorización de empleo, y no hay forma legal de evitarlo. Esta página no describe cómo eludir la verificación. Si no tienes autorización, la vía correcta es obtenerla (por ejemplo, un permiso de trabajo EAD según tu categoría migratoria).
  • El ITIN NO autoriza a trabajar. El ITIN es solo un número para declarar impuestos; no sirve como documento del I-9 ni sustituye la autorización de empleo. Si necesitas un número fiscal sin tener SSN, mira nuestra guía para tramitar un número ITIN, pero recuerda que no te habilita legalmente para el empleo.
  • Usar documentos falsos en el I-9 es un delito. Puede arruinar tu caso migratorio y acarrear consecuencias penales. No lo hagas y desconfía de quien te lo ofrezca.

Aviso anti-fraude: protege tu dinero y tus datos

El I-9 es un trámite gratuito y de servicio público. Ten cuidado con quienes lucran con la desinformación:

  • El Formulario I-9 es gratis y se descarga en uscis.gov/i-9. Nadie debería cobrarte por «tramitar tu I-9»: no es un trámite que se envíe ni que requiera gestor.
  • Nunca compartas datos bancarios ni pagos con quien te prometa «arreglar tu I-9». Solo usa formularios del sitio oficial uscis.gov.
  • Un «notario» no es un abogado. En EE. UU. un notary public solo certifica firmas y no da asesoría migratoria.
  • Reporta el fraude. Si alguien intentó cobrarte o estafarte, denúncialo en reportefraude.ftc.gov.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Formulario I-9 y para qué sirve?

Es el formulario de Verificación de Elegibilidad de Empleo de EE. UU. Sirve para que el empleador confirme tu identidad y que estás autorizado a trabajar. Lo llenan el empleado (Sección 1) y el empleador (Sección 2), y no se envía al gobierno: se guarda en los archivos de la empresa.

¿Quién debe llenar el Formulario I-9?

Todo empleado nuevo en nómina en Estados Unidos y su empleador, sin importar la nacionalidad ni el estatus. No se exige a voluntarios sin paga ni a verdaderos contratistas independientes.

¿Qué documentos sirven para el I-9?

Un documento de la Lista A (que prueba identidad y empleo a la vez, como el pasaporte de EE. UU., la Green Card o el EAD), o bien uno de la Lista B (identidad, como la licencia de conducir) más uno de la Lista C (autorización de empleo, como la tarjeta de Seguro Social sin restricciones o el acta de nacimiento). Tú eliges cuáles presentar.

¿Cuándo se debe completar el Formulario I-9?

La Sección 1 (empleado) a más tardar el primer día de trabajo remunerado. La Sección 2 (empleador) dentro de los 3 días hábiles posteriores a la fecha de contratación; si el empleo dura menos de 3 días, el primer día.

¿El Formulario I-9 se envía a USCIS?

No. El I-9 completado no se manda a USCIS ni a otra agencia. El empleador lo conserva en sus registros y solo lo muestra si una autoridad lo solicita en una inspección.

¿El I-9 es lo mismo que E-Verify?

No. El I-9 es obligatorio para todos los empleadores. E-Verify es un sistema electrónico (voluntario en general, obligatorio en ciertos casos) que verifica la información del I-9 contra registros oficiales. E-Verify no reemplaza al I-9.

¿Puede el empleador exigirme un documento específico para el I-9?

No. Tú eliges qué documento o combinación presentar de las listas aceptables. El empleador no puede exigirte uno en particular, pedirte más documentos de los necesarios ni rechazar los que parezcan auténticos. Hacerlo puede ser discriminación, sancionada por la IER del Departamento de Justicia.

¿Sirve el ITIN para el Formulario I-9?

No. El ITIN es un número solo para declarar impuestos y no autoriza a trabajar. El I-9 requiere un documento que pruebe autorización de empleo, como un EAD, la Green Card o ser ciudadano o residente.

¿Necesito número de Seguro Social para llenar el I-9?

En la Sección 1 el SSN es opcional, salvo que tu empleador use E-Verify, en cuyo caso sí debes incluirlo. Puedes ser contratado mientras tramitas tu SSN si ya tienes autorización de empleo.

Fuentes

Datos verificados el 12 de julio de 2026 en las páginas oficiales de USCIS (I-9 Central) y del Departamento de Justicia:

  • USCIS — I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo (formulario, instrucciones y edición vigente 01/20/25, exp. 05/31/2027): https://www.uscis.gov/i-9
  • USCIS — I-9 Central: https://www.uscis.gov/i-9-central
  • USCIS — Documentos Aceptables del Formulario I-9 (Listas A, B y C): https://www.uscis.gov/i-9-central/form-i-9-acceptable-documents
  • USCIS — Completar la Sección 2 (plazo de 3 días hábiles): https://www.uscis.gov/i-9-central/completing-form-i-9/completing-section-2-employer-review-and-attestation
  • USCIS — Derechos del Empleado y Prevención de la Discriminación: https://www.uscis.gov/i-9-central/employee-rights-and-resources/preventing-discrimination
  • Departamento de Justicia — Immigrant and Employee Rights Section (IER): https://www.justice.gov/crt/immigrant-and-employee-rights-section
  • FTC — Reporte de fraude: https://reportefraude.ftc.gov

Las ediciones del formulario y las reglas de USCIS pueden cambiar. Confirma siempre la versión vigente en uscis.gov/i-9 antes de imprimir o firmar.


Aviso: esta información es general y no constituye asesoría legal individual. Cada caso migratorio y laboral es distinto. Para tu situación particular, confirma los datos en USCIS o consulta con un abogado de inmigración o laboral con licencia.

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