Viajar a Panamá desde EE. UU.: requisitos 2026

Aviso importante: esta guía, verificada el 8 de septiembre de 2026, ofrece información general y no sustituye asesoría migratoria o legal. Poder entrar en Panamá no significa que puedas volver a entrar a Estados Unidos. Si tienes DACA, TPS, asilo o ajuste pendiente, presencia ilegal, una orden de remoción o antecedentes, revisa tu expediente con un abogado de inmigración autorizado antes de salir.

Para viajar a Panamá desde Estados Unidos debes resolver dos controles independientes. Panamá decide si te admite según el pasaporte, la visa o residencia que presentes y los demás requisitos de entrada. Estados Unidos decide si puedes regresar según tu ciudadanía, residencia, visa, I-94 o autorización de viaje. Una green card puede ayudarte en ambos controles, pero cumple una función distinta en cada uno.

Respuesta rápida: el árbol documental

  1. Si tu pasaporte está exento de visa panameña, lleva el pasaporte vigente, boleto de salida, prueba de solvencia y dirección de estancia.
  2. Si tu pasaporte normalmente requiere visa, revisa si puedes usar la excepción del Decreto 521 con una visa o residencia vigente de Estados Unidos u otro país admitido.
  3. Si no cumples ninguna de las dos rutas, necesitas la visa panameña que corresponda antes de abordar.
  4. Después separa el segundo control: confirma qué documento te permitirá volver a Estados Unidos y que seguirá vigente el día del regreso.

No presentes un EAD, DACA o un I-94 como si fueran una visa o una residencia permanente estadounidense. Son documentos distintos y no debes asumir que activan la excepción de entrada de Panamá.

Control 1: qué exige Panamá para entrar

Ruta 1: tu pasaporte no necesita visa

La Embajada de Panamá en Estados Unidos mantiene una lista de nacionalidades sin requisito de visa. En ella figuran, entre otras, Estados Unidos, México y numerosos países latinoamericanos. La regla depende de la nacionalidad del pasaporte, no del estado donde vives ni de cuánto tiempo llevas en EE. UU.

Revisa la lista el día de tu viaje. Una persona con domicilio en Estados Unidos puede necesitar visa panameña si viaja con un pasaporte sujeto a visa, aunque tenga licencia estatal, permiso de trabajo o I-94.

Ruta 2: tu pasaporte requiere visa, pero tienes visa o residencia de EE. UU.

El Decreto Ejecutivo 521 creó una excepción para nacionales que normalmente necesitan visa panameña cuando poseen una visa o residencia vigente expedida por Estados Unidos, Canadá, Australia, Corea del Sur, Japón, Reino Unido, Singapur o un Estado de la Unión Europea. La Embajada de Panamá indica además que los oficiales aceptan una tarjeta de residencia permanente válida de Estados Unidos.

Aquí hay un cambio que muchas guías todavía no reflejan. La regla anterior exigía que la visa fuera de entradas múltiples, ya se hubiera usado y conservara al menos seis meses. El Decreto Ejecutivo 196 de 28 de octubre de 2024 sustituyó ese artículo: ahora exige que la visa de uno de los países señalados esté vigente al entrar en Panamá.

Eso no convierte cualquier documento estadounidense en visa o residencia. Usa esta distinción:

Documento de EE. UU. ¿Sirve por sí solo para invocar la excepción panameña? Qué hacer
Green card / I-551 vigente La Embajada de Panamá dice que Migración la acepta Lleva la tarjeta original y el pasaporte vigente
Visa estadounidense vigente Puede activar el Decreto 521 aunque tu pasaporte normalmente requiera visa panameña Lleva la visa en el pasaporte y copia del decreto; confirma si tu caso presenta alguna particularidad
EAD / permiso de trabajo No es una visa ni una green card Revisa la regla aplicable a la nacionalidad de tu pasaporte
I-94 Registra una admisión en EE. UU.; no es una visa ni residencia permanente No lo uses como sustituto del documento exigido por Panamá
DACA o TPS sin documento adicional No prueba por sí solo una visa o residencia permanente Confirma la visa panameña por tu pasaporte y el documento de retorno a EE. UU. por separado

Si una aerolínea o un consulado te pide haber usado la visa o conservar seis meses, remite al decreto posterior y solicita confirmación escrita antes del viaje. La admisión final sigue siendo una decisión de la autoridad panameña.

Ruta 3: necesitas visa panameña

Si tu nacionalidad exige visa y no calificas para la excepción, no compres el itinerario como si la green card de un familiar, un EAD o un trámite pendiente fueran suficientes. La página de visas de la Embajada de Panamá distingue visa autorizada y visa estampada, publica los países de cada grupo y advierte que la aprobación puede tardar. Tramita la categoría correcta antes de abordar.

Pasaporte, boleto y solvencia económica

El Servicio Nacional de Migración de Panamá publica tres requisitos básicos para visitantes:

  • Pasaporte o documento de viaje original con al menos tres meses de vigencia.
  • Reserva comprobada de salida dentro del periodo autorizado.
  • Solvencia económica acorde con la estancia y nunca inferior a B/.500, equivalentes a USD 500; los menores de 18 años están exentos de demostrarla.

La Autoridad de Turismo de Panamá añade como formas de prueba efectivo, tarjeta de crédito, referencia bancaria, carta de trabajo o cheques de viajero, y advierte que algunas nacionalidades pueden estar sujetas a un monto mayor. Lleva una prueba a tu nombre y accesible sin depender únicamente de una aplicación que pueda bloquearse al llegar.

La solvencia y el boleto no garantizan entrada. Migración puede entrevistarte, comprobar el motivo y la dirección declarados, validar biometría y revisar documentos.

¿Son 30, 90 o 180 días? No planifiques con 180

Las fuentes oficiales no están completamente armonizadas. Una sección histórica de la Embajada todavía menciona una resolución que permitía hasta 180 días a estadounidenses y canadienses. Sin embargo, el informe oficial de gestión del Servicio Nacional de Migración documenta que la Resolución 40546 del 12 de agosto de 2024 dejó sin efecto ese plazo de 180 días. La página panameña de requisitos actualizada en julio de 2025 publica 90 días para la mayoría de nacionalidades exentas, mientras la excepción del Decreto 521 puede recibir un plazo distinto.

La decisión práctica es conservadora: no organices una estancia de 180 días basándote en una página antigua. Antes de viajar, confirma el plazo para tu nacionalidad y la ruta documental que usarás. Al entrar, verifica el sello o registro de admisión y conserva una foto. El plazo que te conceda Migración es el que debes respetar.

Escala en Panamá: cruzar migración cambia la respuesta

El hecho de que el boleto diga “conexión” no resuelve por sí solo la visa. Si permaneces en el mismo recinto migratorio y no entras formalmente al país, el artículo para turistas de Migración Panamá exceptúa al pasajero en tránsito de demostrar solvencia. Pero si debes retirar equipaje, cambiar de aeropuerto, pasar la noche fuera del área internacional o cruzar el control, te aplican los requisitos normales de entrada.

Confirma con la aerolínea si el equipaje va documentado hasta el destino final y si el itinerario exige control migratorio. Si tu pasaporte requiere visa, obtén una respuesta escrita sobre el tránsito antes de abordar.

Menores panameños o residentes que salen del país

Hay una regla familiar que muchas guías de entrada omiten. Para la salida de menores panameños o extranjeros residentes, Migración publica en sus preguntas frecuentes que puede exigirse autorización notariada y certificado de nacimiento. Si uno de los padres firma desde el extranjero, la autorización debe legalizarse o apostillarse; los documentos en otro idioma necesitan traducción pública autorizada en Panamá.

No generalices esta regla a todo menor visitante. Confirma si aplica por la nacionalidad, residencia, acompañantes y custodia del niño.

Vacunas y declaración de dinero

La página oficial de requisitos de viaje de Panamá indica que actualmente no exige de forma general el certificado de fiebre amarilla, aunque mantiene vigilancia y recomienda revisar la procedencia y los tránsitos, en especial desde zonas de riesgo. Una conexión por otro país puede cambiar el análisis sanitario aunque salgas originalmente de Estados Unidos.

La misma fuente señala que debes completar la declaración aduanera cuando entras con efectivo, objetos o documentos por un valor superior a USD 10.000. No dividas ni ocultes valores para evitar una declaración; confirma el formulario oficial antes de viajar si alcanzas el umbral.

Control 2: qué necesitas para volver a Estados Unidos

La entrada panameña y el retorno estadounidense son decisiones separadas. Esta tabla sirve como filtro inicial:

Tu situación en EE. UU. Documento habitual para presentarte al regreso Punto que debes resolver antes de salir
Ciudadano estadounidense Pasaporte estadounidense válido para regreso por aire Lleva el libro de pasaporte, incluso si también eres panameño
Residente permanente Green card/I-551 vigente o permiso de reingreso aplicable Ausencia larga, tarjeta vencida, antecedentes o posible abandono de residencia
No inmigrante Pasaporte y visa estadounidense válidos; revisa el I-94 Panamá no entra en la revalidación automática limitada a otros destinos
DACA Advance parole aprobado antes de salir DACA y el EAD no autorizan por sí solos el regreso
TPS Documento de viaje vigente para tu beneficio individual TPS o EAD sin autorización de viaje no bastan
I-485 o asilo pendiente Advance parole cuando corresponda Salir puede abandonar el caso; volver a Panamá puede afectar un asilo basado en hechos del país
Presencia ilegal u orden de remoción Requiere análisis individual La salida puede activar prohibiciones o consecuencias de una orden

Ciudadanos y residentes permanentes

Un ciudadano estadounidense que vuelve por aire utiliza su pasaporte estadounidense válido. Si también tiene nacionalidad panameña, debe cumplir las reglas documentales de Panamá para salir y presentar el pasaporte estadounidense al solicitar entrada en EE. UU.

Para residentes permanentes, CBP explica que una ausencia temporal menor de un año normalmente se documenta con la green card/I-551. Si prevés estar fuera un año o más, debes solicitar el permiso de reingreso antes de salir. El Formulario I-131 de USCIS se presenta mientras estás físicamente en Estados Unidos y el permiso no garantiza admisión ni elimina un posible análisis de abandono.

Si tu tarjeta vencerá durante el viaje, revisa antes cómo renovar la green card y qué prueba temporal de estatus te corresponde.

Estatus no inmigrante: el I-94 no reemplaza la visa

Comprueba por separado la vigencia de tu pasaporte, visa y registro I-94 de CBP. El I-94 refleja tu admisión anterior; salir de Estados Unidos te obliga a presentar de nuevo los documentos exigidos para solicitar entrada.

La revalidación automática descrita por CBP se limita, bajo condiciones estrictas, a viajes breves a Canadá o México y, para determinadas categorías, islas adyacentes. Panamá no está incluida. Si tu visa estadounidense está vencida, no uses la excepción panameña de entrada como prueba de que podrás volver a EE. UU.

Si necesitas revisar la visa B-2, consulta nuestra guía sobre la visa de turista de Estados Unidos, pero confirma tu categoría individual antes de salir.

DACA, TPS y otros documentos de viaje

Las preguntas oficiales de USCIS sobre DACA indican que DACA no autoriza por sí solo a viajar. Debes obtener advance parole para un propósito permitido antes de salir; aun con el documento, la decisión de permitir la entrada corresponde a CBP.

Para TPS, un EAD tampoco sustituye la autorización de viaje. El Formulario I-131 se usa para solicitar el documento aplicable, que debe estar aprobado y vigente durante todo el itinerario. Confirma además que tu beneficio individual sigue vigente; no decidas solo por la nacionalidad de tu pasaporte.

Ajuste o asilo pendiente

La regla de 8 CFR 245.2(a)(4) puede considerar abandonado un I-485 cuando la persona sale sin advance parole, salvo excepciones limitadas para determinadas categorías que siguen cumpliendo sus condiciones.

Si tienes un I-589 pendiente y Panamá es el país donde afirmas temer persecución, las instrucciones oficiales del I-589 añaden un riesgo específico: salir sin advance parole puede presumir abandono y volver al país de persecución alegada puede generar otra presunción aun cuando hayas obtenido el documento, salvo razones de peso. Revisa el expediente antes de viajar.

Presencia ilegal, remoción o antecedentes

La salida puede ser el hecho que active una prohibición. El Manual de Políticas de USCIS explica las prohibiciones de tres y diez años asociadas a determinados periodos de presencia ilegal. Una orden de remoción, fraude, arrestos o salidas previas pueden añadir consecuencias distintas.

En esos casos, una autorización panameña de entrada no resuelve el retorno. Reúne I-94, notificaciones de USCIS, documentos de corte y cualquier orden, y obtén asesoría individual antes de comprar el boleto.

Checklist antes de viajar

  • Identifica la nacionalidad del pasaporte que Panamá evaluará.
  • Comprueba si estás en la lista sin visa, en la excepción por visa/residencia o si necesitas visa panameña.
  • Si usas la excepción, lleva el pasaporte y la visa o green card originales y vigentes.
  • Lleva boleto de salida, dirección de estancia y prueba de solvencia por al menos USD 500; confirma si tu nacionalidad exige más.
  • No planifiques 180 días: confirma el plazo y revisa el sello al entrar.
  • Si haces escala, confirma equipaje y paso por control migratorio.
  • Si viaja un menor panameño o residente, revisa autorización, nacimiento, apostilla y traducción cuando correspondan.
  • Comprueba que el documento para regresar a EE. UU. seguirá vigente.
  • Si necesitas I-131 o advance parole, espera la aprobación y el documento antes de salir.
  • Si tienes asilo basado en Panamá, presencia ilegal, una orden o antecedentes, revisa tu expediente con asesoría individual.

Para comparar destinos con reglas distintas, consulta las guías documentales para viajar a México, viajar a Nicaragua y viajar a Ecuador. En cada país cambia la entrada; tu documento de retorno a Estados Unidos sigue dependiendo de tu estatus.

Preguntas frecuentes

¿Puedo entrar a Panamá con la green card?

Puede servir si tu pasaporte normalmente requiere visa. La Embajada de Panamá indica que Migración acepta una tarjeta de residencia permanente válida de Estados Unidos bajo la excepción del Decreto 521. Debes llevar también un pasaporte vigente y cumplir boleto, solvencia y demás requisitos.

¿Sirve una visa estadounidense que nunca he usado?

El Decreto Ejecutivo 196 de 2024 sustituyó el requisito anterior de haber usado la visa y conservar seis meses. El texto vigente exige que la visa de uno de los países señalados esté vigente al entrar. Lleva copia del decreto y pide confirmación escrita si tu transportista aplica la regla antigua.

¿Cuánto dinero debo demostrar al entrar?

El mínimo general publicado es B/.500 o USD 500, mediante los medios que acepta la autoridad. Algunas nacionalidades pueden requerir más y los menores de 18 años están exentos de demostrar solvencia.

¿Un ciudadano estadounidense puede quedarse 180 días?

No debe planearlo con esa expectativa. Migración Panamá documentó que en agosto de 2024 dejó sin efecto la resolución de 180 días para estadounidenses y canadienses; la información panameña posterior publica 90 días para la mayoría de exentos. Confirma el plazo y respeta el sello otorgado al entrar.

¿Necesito visa si solo hago escala en Panamá?

Depende de la nacionalidad y de si cruzas el control migratorio. Permanecer en el mismo recinto de tránsito no equivale a entrar, pero retirar equipaje, salir del aeropuerto o cambiar de terminal puede activar los requisitos normales. Confírmalo con la aerolínea y Migración.

¿Puedo volver desde Panamá con una visa estadounidense vencida y un I-94 vigente?

No cuentes con ello. Panamá no está incluida en la revalidación automática limitada a otros destinos; el I-94 anterior no sustituye una visa válida para solicitar una nueva entrada.

¿Puedo viajar a Panamá con DACA o TPS?

El beneficio o EAD por sí solo no basta para regresar ni debe tratarse como visa o residencia ante Panamá. Necesitas el documento de viaje estadounidense correspondiente, aprobado y vigente, además de cumplir los requisitos panameños según tu pasaporte.

Fuentes oficiales consultadas el 8 de septiembre de 2026

Este contenido es informativo. Las reglas cambian y la admisión depende de las autoridades competentes. Verifica los requisitos oficiales el día de tu viaje y solicita asesoría individual si tu salida puede afectar un estatus o caso migratorio.

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